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Paraíso fiscal

por Software DELSOL

Se llama paraíso fiscal a los estados o territorios autónomos que disponen de un régimen tributario particularmente laxo respecto a lo que sucede en otros estados. Este sistema de tributación, pese a ser laxo, suele ser de los principales sostenes económicos estos estados, si no el principal. Hoy representan un recurso fundamental para la elusión y la evasión fiscal, puesto que permiten el ocultamiento del patrimonio real de personas y empresas extranjeras.

Origen del término

El paraíso fiscal no es un concepto nuevo; fue concebido en concomitancia con la expansión de la Corona Británica a partir del siglo XVII. Sin embargo, la acepción moderna del término se popularizó recién a mediados de la década de 1980. Se trata de una práctica común en el seno de la globalización de los mercados y las prácticas de especulación financiera de grandes capitales privados. Los activos y patrimonios que emergen con esta nueva conducta de los mercados comienzan a organizarse en sociedades off-shore —fuera de costa—.

Se puede hacer una caracterización del término de la siguiente manera:

  • Tributación prácticamente nula o inexistente.
  • Normativa fiscal flexible.
  • Disposición de Sistema Normativo Dual; distinto para residentes y no residentes.
  • Privacidad de cuentas bancarias y falta de registros públicos sobre las operaciones.

La idea de un territorio con responsabilidades fiscales bajas o inexistentes no es lo único que determina la definición del término; es necesaria también la confidencialidad jurídica respecto a los activos y bienes que se inscriban en el territorio. La facultad de la inscripción, por su parte, es también flexible —de otra manera no sería tan sencilla la práctica evasiva en general—: la persona o institución solo debe domiciliarse en el territorio para disponer de todas sus garantías impositivas. La legislación en estos países tampoco exige a las empresas y sociedades radicadas en su territorio ningún tipo actividad productiva o comercial.

En cuanto a la actividad bancaria y financiera, suele administrarse por entidades de índole privada y sociedades que no emplean mucho personal, tienen una presencia limitada y su actividad productiva es nula. Los activos y pasivos que administran suelen corresponder a inversiones y movimientos de capitales en mercados cambiarios, y la recaudación para el propio país es muy pobre.

Falta de transparencia

Si bien se trata de una práctica habitual para los grandes capitales y patrimonios, su existencia suele desfavorecer a otros países, especialmente a los estados donde se origina el dinero que es depositado en sociedad y cuentas off-shore, puesto que no perciben ingresos que de otra manera debieran ser tributados en su territorio original.

Al mismo tiempo, los paraísos fiscales tienen poco interés justamente por fiscalizar de donde proviene el capital que es inscripto en su jurisdicción, por lo que muchas actividades fraudulentas y criminales encuentran en estos paraísos un lugar donde lavar dinero y volverlo “legal”.

Las sociedades off-shore y los paraísos fiscales han sido noticia en los últimos años luego de varias filtraciones de información y documentos obtenidos de las mismas firmas que se encargan de gestionar las operaciones bancarias y financieras desde estos territorios. Un ejemplo de ello fueron los llamados panamá papers, en los cuales figuraban una centena de empresarios y mandatarios de una multitud de países.

Iniciativas contra esta práctica

Hasta hace relativamente poco los estados mantenían una postura un tanto indiferente ante estas jurisdicciones. Sin embargo, a partir de ciertos hechos de conocimiento público en las últimas dos décadas —desde la canalización de fondos para atentados terroristas hasta la malversación de fondos públicos—, varias organizaciones de orden internacional aunaron fuerzas en la creación e implementación de ciertas directrices con el propósito de regular la actividad de los paraísos fiscales. Los principales foros en donde se presentaron dichas propuestas fueron la Organización de las Naciones Unidas, la Unión Europea y, especialmente, en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.

Según la Organización Mundial de Comercio, la mitad del comercio mundial pasa por algún paraíso fiscal, lo que implica una evasión y falta de transparencia de un gran porcentaje de la actividad comercial global. Las directrices dispuestas por estos organismos no pueden dirigirse, sin embargo, a los sistemas tributarios de estos territorios, simplemente porque en la mayoría de los casos representa el sostén de sus economías. En consecuencia, lo que pretenden es un incremento en la transparencia y el registro de las personas físicas o jurídicas que elijan este ámbito.

Los paraísos fiscales son hoy un instrumento de gran importancia en la economía global, puesto que gran parte de la riqueza del mundo se canaliza a través de las firmas de estos territorios, lo que hace que la información sobre la recaudación y el origen de dicha riqueza sea oscura y precaria. La actividad, sin embargo, es funcional a los grandes capitales concentrados y es poco probable que estén dispuestos a modificar su sistema jurídico y tributario.

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