Pago al contado
El pago al contado es como se llama el pagar en el momento de la compra o de recibir lo comprado.
Es lo contrario del pago aplazado o del pago a crédito: en estos últimos no se paga en el momento de recibir el bien o servicio que hemos comprado sino en un momento posterior (que pueden ser unos días o unos meses).
Por lo tanto, lo que define a un pago como al contado es el momento en que se paga y no la forma de pago: un pago al contado se puede hacer en dinero efectivo pero también con tarjeta bancaria, con un cheque o con una transferencia, lo que importa es que se haga en el momento de la compra y no en otro posterior.
En los consumidores
Lo habitual en el caso de los consumidores finales que hacen sus compras en una tienda física o por teléfono o Internet es que paguen al contado, aunque es posible que les den financiación o aplazamientos de pagos.
Esta posibilidad de financiación puede ser del propio vendedor o de un tercero: la tienda que nos vende puede ofrecernos cobrarnos más tarde o, incluso en varios plazos; pero también puede ser que esa tienda tenga un convenio con un banco o una compañía de préstamos que nos de la posibilidad de pedir un préstamo para la compra, en cuyo caso el vendedor está cobrando en efectivo y el consumidor no tendrá la deuda con dicho vendedor sino con el que le ha dado el préstamo.
En cualquier caso el consumidor tiene derecho a ser informado de cómo va a realizarse el pago cuando le ofrecen algo, incluso en la publicidad, según establece los artículos 20.1.d y 60.2.d de la Ley de Protección a los Consumidores.
El pago al contado en las empresas
A diferencia de lo que ocurría con los consumidores, es menos frecuente para las empresas el pago en efectivo y suele ser muy habitual un aplazamiento.
Desde luego en determinado tipo de gastos, normalmente de pequeño monto, va a ser usual realizar el pago en efectivo: hablamos de cosas como echar gasolina, comprar algo en la papelería o pagar una comida de negocios.
Pero en lo que es una compra típica para la producción, como la de mercancías o materias primas o la contratación de determinados servicios, lo más habitual será que se aplacen los pagos.
Es un tema de la relación que mantengan comprador y vendedor y la confianza y los tratos anteriores que hayan mantenido.
Si uno en una empresa nueva en el mercado, desconocida, será más difícil que los suministradores le permitan aplazar los pagos y pueden pedirle que pague siempre (o casi siempre) en efectivo.
Cuando la empresa ya lleva un tiempo con una trayectoria y ha hecho pedidos anteriormente va siendo más fácil que le permitan pagar de manera aplazada o utilizando efectos comerciales.
Ni que decir tiene que una empresa que tenga mala fama porque no ha atendido bien sus pagos en el pasado no va a conseguir este tipo de aplazamiento.
Regulación legal de los plazos de pago
En la regulación legal para las empresas no está previsto que el pago sea en efectivo, en tal sentido el artículo 4.1 de la Ley de Plazos de Pago establece que “El plazo de pago que debe cumplir el deudor, si no hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, será de treinta días naturales después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pago equivalente con anterioridad”.
Esto no significa que, con la Ley en la mano, el pago entre empresas deba ser siempre aplazado, lo que nos dice es que si no se ha acordado otra cosa se deberá pagar en treinta días.
Por su parte el artículo 61 del Código de Comercio dice: “No se reconocerán términos de gracia, cortesía u otros, que bajo cualquier denominación, difieran el cumplimiento de las obligaciones mercantiles, sino los que las partes hubieren prefijado en el contrato, o se apoyaren en una disposición terminante de Derecho”.
Tratamiento contable
En el registro en contabilidad de los pagos al contado podemos hacerlo de manera más o menos sencilla, según nos convenga.
Cuando el pago es aplazado la compra (o venta) se registra como gasto (o ingreso) en los grupos (6) o (7) contra la cuenta de proveedores, clientes o acreedores, siempre del grupo (4) y, en el momento de producirse el pago (o cobro) se saldará la cuenta del grupo (4) contra la cuenta de tesorería (57).
Sin embargo, al realizar un pago o cobro al contado podemos contabilizar la factura directamente contra la tesorería (de la 6 ó 7 contra la 57), de manera que no queda nada pendiente en la contabilidad.
Pero si lo hacemos así perdemos información en el balance de situación y en otras fuentes de datos de nuestro programa de contabilidad, no aparece computado el nivel de facturación con ese cliente o proveedor, lo que puede ser una información útil para nuestro negocio o, incluso, para realizar determinadas declaraciones fiscales como el Modelo 347.
Por ello parece aconsejable tomarnos la molestia de contabilizar, aunque el pago sea al contado, la factura contra la cuenta de cliente o proveedor y, acto seguido, contabilizar su pago por separado.
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