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Impago

por Software DELSOL

Las razones que pueden motivar el impago de una deuda pecuniaria son muy variadas. Lo que está claro es que el impago tiene no pocas implicaciones legales que deberán ser tenidas muy en cuenta, así como los procedimientos a los que podemos acudir frente a un impago.  

¿Qué es el impago?

Un impago hace referencia al incumplimiento de las obligaciones o condiciones de un préstamo o crédito. Así, podemos decir que se comete impago cuando no se cumple el saldo de un valor monetario en concreto cuando ha vencido la fecha pactada para su liquidación.

Se ha de tener muy en cuenta que, para incluir la obligación, esta ha de estar vencida, es decir, el impago se dará siempre que haya vencido la fecha en que se debió hacer frente a la deuda. Hasta que eso no ocurra, la deuda no será exigible y no existirá el impago. Además, es necesario que exista un documento previo o factura que detalle la fecha de pago, el valor de la deuda y la firma del cliente. Solo con este documento se podrá reclamar legalmente el impago. Es por ello de vital importancia formular un contrato, una factura o un ticket en el momento de la compraventa del producto o del servicio.

¿Cómo reclamar un impago? Los procedimientos que se han de seguir en caso de impago

Los impagos se dan con bastante asiduidad, lo que incide negativamente en el normal desarrollo de las empresas y de sus actividades, ya que los impagos pueden elevar los costes financieros de las mismas, así como reducir los ingresos de las entidades. No solo eso: cuando se está ante un impago de gran envergadura, este puede limitar o incluso frenar el crecimiento de la organización empresarial, además de crear conflictos entre las partes entre las que se produce el impago.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, resulta fácil entender que sean muchas empresas y particulares que sigan ciertos procedimientos para poder reclamar el impago. Para ello, se deberán seguir los siguientes pasos:

  • Contacta con el cliente: lo mejor, en estos casos, es optar por la vía diplomática. Así pues, lo primero que se ha de hacer es ponerse en contacto con el cliente deudor e intentar conciliar el total adeudado. Además, este paso es fundamental para poder reclamar posteriormente la deuda por vía judicial. Así, debemos reclamar a través de burofax la deuda impagada al cliente.
  • Envía el documento al cliente: con el objetivo de recordar al cliente cuál es el total adeudado y cuándo ha vencido la obligación e incurrido en el impago, se le deberá enviar el contrato o documento en que se hizo constar la información relativa al pago, en concreto el monto adeudado y la fecha de vencimiento del pago.
  • Reclamación vía judicial del impago: si el cliente, a pesar de haber intentado llegar a un acuerdo amistoso, no cumpliera con su obligación dineraria, el acreedor podrá reclamar vía judicial.

La reclamación judicial del impago de deudas

Existe un procedimiento que sirve para reclamar el impago de una deuda vía judicial, el procedimiento de reclamación de deuda. Este es un procedimiento muy sencillo, útil y rápido que tiene por objeto reclamar deudas impagadas, agilizándose el cobro de las mismas. No obstante, es fundamental, como ya se ha apuntado, que la deuda esté acreditada en facturas, tickets, albaranes, documentos notariales, justificantes de transferencia bancaria o cualquier otro documento acreditativo.

El acreedor podrá acudir a este procedimiento cuando la negociación con el cliente no dé sus frutos y este siga sin pagar. Lo primero que se deberá llevar a cabo es la presentación de la demanda. Esta se deberá dirigir al Juzgado de Primera Instancia competente, es decir: al del domicilio del cliente deudor. No obstante, se ha de tener en cuenta que existen diferentes tipos de procedimientos:

  • Procedimiento monitorio: en este proceso no es necesario contar con los servicios de un abogado y un procurador, aunque lo mejor es, sin duda, contactar con un profesional del derecho que nos guíe en esta reclamación. Se trata de un procedimiento muy ágil y útil para reclamar una deuda. No obstante, para poder acudir a este procedimiento, la deuda deberá ser dineraria, líquida, determinada, vencida y exigible, siendo el importe de la misma del todo irrelevante. En este procedimiento, el deudor podrá oponerse o no hacerlo. En caso de que se oponga, este procedimiento se tornará en un juicio verbal u ordinario —esto dependerá de la cuantía de la deuda—.
  • Procedimiento ordinario o verbal: en estos procedimientos sí será obligatoria la asistencia de abogado y procurador. Mientras que para poder optar al procedimiento ordinario la deuda deberá superar los 6000 euros, para optar al procedimiento verbal la deuda no podrá superar el importe de los 6000 euros.
  • Procedimiento cambiario: este está reservado para aquellos supuestos en que la deuda esté acreditada por un documento cambiario, tal es el caso de los cheques o los pagarés.

Sin duda, conocer cómo reclamar un impago es fundamental, ya que estos están a la orden del día y pueden dificultar mucho la actividad de cualquier empresa.

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