Cuenta 473
La cuenta (473) Retenciones Y Pagos A Cuenta es una cuenta de activo que refleja las cantidades que hemos “adelantado” del pago del impuesto que proceda (Impuesto de Sociedades o IRPF) y que, por lo tanto, deberemos tener en cuenta a la hora de pagar dicho impuesto.
Se carga por las cantidades que nos han retenido o hemos pagado a esta cuenta con abono a cuentas del grupo 5 o del subgrupo 76.
Se abona:
- Por su saldo que son las retenciones soportadas y los ingresos a cuenta del Impuesto hasta el importe de la cuota líquida del periodo, cargándolo a la cuenta (6300) o a la (8300).
- Si el Impuesto nos sale a devolver, en todo o en parte, por el importe que proceda con cargo a la cuenta (4709).
Pago a cuenta del Impuesto de Sociedades
En el Modelo 202 de la AEAT realizamos, tres veces al año, el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades.
Cargo: Si en la declaración del último periodo anual y ya declarado del Impuesto de Sociedades ha salido con cuota positiva (antes de aplicar deducciones y reducciones), por ejemplo, si en dicho Impuesto tenemos una cuota de 2.000,00€, como el pago a cuenta es el 18% ingresamos en el Modelo 202 360,00€ y el asiento será
Debe |
Haber |
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(473) HP retenciones y pagos a cuenta 360,00 |
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(572) Banco 360.00 |
En este mismo caso, si no tenemos liquidez y pedimos el aplazamiento de pago lo único que tenemos que hacer es sustituir la cuenta de tesorería por una 47, es decir
Debe |
Haber |
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(473) HP retenciones y pagos a cuenta 360,00 |
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(4752) HP acreedora por Impuesto de Sociedades 360.00 |
Abono: En el momento de liquidar el Impuesto de Sociedades.
Por ejemplo, durante el año hemos hecho tres pagos a cuenta por importe de 360,00€ cada uno por lo que hemos pagado, en total, 1.080,00€. Al finalizar el periodo calculamos el Impuesto de Sociedades u nos resulta una cuota de 2.000,00€ por lo que, en su momento, deberemos pagar 920,00€, el asiento será
Debe |
Haber |
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(630) Impuesto sobre el beneficio 2,000,00 |
(4752) HP acreedora por Impuesto sobre Sociedades 920,00 |
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(473) HP retenciones y pagos a cuenta 1,080,00 |
Con este asiento la cuenta que nos ocupa, (473) debe quedar a cero.
En el caso de que la declaración nos saliera “a devolver” en lugar el asiento es exactamente igual solo que en lugar de la cuenta (4752) utilizaremos la (4709) HP deudora por devolución de impuestos.
Retención en la factura de un profesional
Cuando un profesional emite una minuta o factura debe repercutir el IVA que corresponda y aplicarse la retención de IRPF al tipo general del 15% (salvo que esté en los casos en los que se permite que sea el 7%).
Ejemplo, la factura es por importe de 2.000,00€ (base imponible) a la que el profesional aumenta el IVA al 21%, 420,00€ y se aplica la retención general al 15%, 300,00€ por lo que queda por cobrar la cantidad de 2.120,00€.
El asiento que debe hacer en su contabilidad es
Debe |
Haber |
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(430) Clientes 2.120,00 |
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(705) Prestaciones de servicios 2,000,00 |
(477) HP IVA repercutido 420,00 |
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(473) Retenciones 300,00 |
Retención en el reparto de dividendos
En el momento que una sociedad cuyo capital está compuesto por acciones o participaciones sociales acuerda hacer distribución de beneficios lo hace a través de dividendos que reparte entre sus accionistas o partícipes.
Este reparto se registra en la contabilidad del accionista o partícipe en la fecha que se acuerda como derechos de cobro en la cuenta (545) dividendo a cobrar, para más adelante computar su cobro efectivo a tesorería (57).
Ejemplo: somos accionistas de una sociedad que, por nuestra participación en su capital, acuerda unos dividendos a nuestro favor por importe de 2.000,00€, este primer asiento será
Debe |
Haber |
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(545) Dividendo a cobrar 2,000,00 |
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(760) Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio 2,000,00 |
Cuando se realiza el pago la sociedad pagadora debe retener el tipo que corresponda (en este caso del 19%) y pagar la diferencia, el asiento será
Debe |
Haber |
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(572) Banco 1,620,00 |
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(545) Dividendo a cobrar 2,000,00 |
(473) HP retenciones y pagos a cuenta 380,00 |
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Como en los casos anteriores el saldo deudor de la cuenta (473) se abonará cuando el perceptor presente su declaración de impuestos (de IRPF o de Sociedades) donde lo descontará de su cantidad a pagar o pedirá la devolución que proceda.
Declaraciones positivas y “a devolver”
Como hemos ido diciendo en todos los puntos anteriores, el destino final de los saldos deudores que aparecen en la cuenta (473) es ser computados en el impuesto final anual (Sociedades o IRPF) produciendo una disminución en el pago o, incluso, una devolución.
NOTA.- Los ejemplos de asientos que ponemos a continuación son sobre el Impuesto de Sociedades pero, para aquellos que están obligados a llevar contabilidad sujetos a IRPF (profesionales en estimación directa normal) los asientos son exactamente iguales.
En este sentido hay dos posibilidades.
- Que el saldo de la (473) sea igual o inferior que la cantidad a pagar en el Impuesto.
En este caso el asiento es el que ya hemos puesto más arriba y que reiteramos
Debe |
Haber |
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(630) Impuesto sobre el beneficio 2,000,00 |
(4752) HP acreedora por Impuesto sobre Sociedades 920,00 |
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(473) HP retenciones y pagos a cuenta 1,080,00 |
- Que dicho saldo sea superior a la cantidad a pagar.
En este caso debe quedar muy claro que Hacienda sólo devuelve las cantidades que hemos pagado anteriormente, es decir, aunque la declaración nos dé un resultado negativo la devolución no surge de este resultado sino de las retenciones y pagos a cuenta que es lo que nos devuelven en la proporción que proceda.
En el ejemplo que ponemos la sociedad tiene una cuota del Impuesto de 2.000,00€ y ha realizado pagos a cuenta y retenciones por importe de 2.500,00€ por lo que tiene derecho a que le devuelvan 500,00€; el asiento será
Debe |
Haber |
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(630) Impuesto sobre beneficios 2.000,00 |
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(473) HP retenciones y pagos a cuenta 2,500,00 |
(4709) HP deudora por devolución de Impuestos 500,00 |
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Por último, cuando se hace efectivamente la declaración y nos devuelven esos 500,00€ el asiento será
Debe |
Haber |
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(572) Banco |
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(4709) HP deudora por devolución de Impuestos 500,00 |
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