Código Swift
Las siglas SWIFT vienen de Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication, aunque este código también se denomina BIC (Bank Identifier Code).
Se utiliza para identificar, electrónicamente, la entidad bancaria que realiza la operación, no sólo el banco, el país y la ciudad sino también la oficina bancaria concreta que está operando.
Sirve para evitar errores, agilizar los trámites y evitar costes adicionales en las transferencias de dinero tanto en territorio de un país como fuera de él.
Está compuesto de ocho a once dígitos alfanuméricos siendo:
- Dígitos 1 a 4 describe la entidad.
- Dígitos 5 y 6 el país donde está.
- Los 7 y 8 la ciudad donde está la entidad bancaria.
- Los últimos tres dígitos, que son opcionales, son el código de la oficina. Si no aparece entenderemos que es la oficina principal de la ciudad.
Además del código SWIFT aparece también el IBAN como código identificador de cada cuenta que es válido dentro de todo el territorio de pagos de la UE.
El IBAN sustituye al antiguo CCC (Código Cuenta Cliente) que ya no se utiliza.
Gracias al IBAN y al SWIFT se puede aplicar todo lo que vamos a exponar a continuación sobre política de pagos y cobros en igualdad de condiciones en todo el territorio SEPA.
Sistema de pagos europeo
El Eurepan Payments Council o Consejo de Pagos Europeo (EPC), entidad creada por impulso de los bancos del continente, con la colaboración de los Estados miembros de la UE y otras autoridades públicas europeas y nacionales, ha impulsado y creado una zona única de pagos en la Unión Europea.
El sistema de pagos europeo (SEPA) se ha creado para facilitar y dar seguridad a los cobros y pagos en euros dentro del territorio de la UE.
Se aplica en 32 países: los 27 de la Unión Europea además de otros asociados: Suiza, Noruega, Islandia, Mónaco y Liechtenstein.
Los pagos regulados y amparados por este sistema se pueden realizar desde y para cualquier lugar dentro del territorio de estos 32 países, en todos los casos con las mismas formas y requisitos, derechos y obligaciones.
Se aplica desde el 1 de febrero de 2014.
Los pagos que regula abarcan todo tipo de instrumentos de pago y cobro como transferencias, cobro bancario y domiciliación de recibos y pago con tarjetas de crédito y débito.
Este sistema único tiene indudables ventajas para los usuarios (particulares, empresas, organismos públicos) que pueden utilizar una única cuenta bancaria para todas sus operaciones en todos los países miembros del sistema.
Otras ventajas son que da más seguridad y eficacia a los pagos y cobros realizados, favorece la concurrencia y competencia al igualar las formas de pagos para todos en la zona eliminando barreras y fronteras, da lugar a innovaciones tecnológicas en los pagos como las nuevas tarjetas o el pago con el móvil.
En este sentido, las tarjetas de crédito y débito tendrán un Chip EMV que sustituye la antigua banda magnética y se utilizará el PIN en lugar de la firma.
Cargos y comisiones
El titular de la cuenta tiene derecho a ser informado sobre los pagos y cobros de su cuenta y, también, sobre los cargos en cuenta, comisiones, reducciones o recargos que sufra; cualquier cargo de esta naturaleza deberá liquidarse aparte de la operación principal para mejorar la claridad de la información.
Se prevé que los cargos y comisiones que carga cada entidad se cobren al titular de esa cuenta de manera que se comparten los gastos de la operación ya que cada parte paga los gastos que genere su entidad bancaria.
El titular de la cuenta puede devolver recibos cargados en su cuenta, aunque estuvieren autorizados, si la autorización no concreta el importe y la cantidad cargada no es considerada como razonable.
También puede, el titular de la cuenta, instar la rectificación de una operación que considere incorrecta o no autorizada durante un plazo de trece meses.
En estos dos casos el banco resolverá y contestará en un plazo máximo de diez días.
La responsabilidad máxima del usuario por daños económicos en operaciones no autorizadas o por pérdida o robo de tarjeta se fija en 150€ siempre que no se produzcan tales daños por fraude o negligencia del usuario.
Plazos de las operaciones
El SEPA limita los plazos para la fijación de la fecha de valor de las operaciones bancarias realizadas en él, lo que redunda en beneficio de los usuarios que no tienen el dinero indisponible varias fechas como ocurría antes.
Como norma general el plazo máximo es de un día hábil.
Para los pagos en cuenta la fecha de valor debe ser igual o posterior al momento de cargo en cuenta.
En los cobros la fecha de valor debe coincidir con el día hábil en que se reciba el dinero en el banco, debiendo estar dicha cantidad disponible para el titular inmediatamente.
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