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Glosario

Cláusula

por Software DELSOL

Una cláusula es un tipo de condición legal que integra un contrato, disposición legal o documento jurídico. En esta figura una obligación o derecho originado por una determinada transacción o servicio de cualquier tipo. Se rige por el principio de la autonomía de la voluntad, aunque este no puede contradecir la ley.

Definición y alcance del término

El término designa la facultad condicional de un determinado acuerdo, el cual, bajo ciertas circunstancias, produce obligaciones o derechos que se estipulan de antemano. Supone, al mismo tiempo, una previsión de los intereses personales de cada parte del acuerdo frente a un determinado ordenamiento de voluntades.

El principio de autonomía de la voluntad se encuentra determinado por el Código Civil como la capacidad de las personas físicas o jurídicas de celebrar acuerdos de cualquier tipo mediante la formalización de un documento jurídico convencional, conocido como contrato. La regulación correspondiente a las disposiciones y cláusulas recogidas en el contrato no pueden, sin embargo, contradecir la ley vigente.

La cláusula, bajo estas condiciones, se constituye como una responsabilidad legalmente exigible que cualquier de las partes que celebraron un contrato puede demandar sin recurrir a la vía judicial, siempre y cuando las circunstancias de su apercibimiento se encuentren debidamente constatadas en el contrato. Según el artículo 1091 del Código Civil, los contratos y cláusulas celebrados de manera legítima tienen valor de ley entre las partes.

Las cláusulas, sin embargo, pueden corresponder a otros acuerdos y normas que regulan las relaciones entre particularesorganizaciones e instituciones públicas de todo tipo. Podemos mencionar algunos de los tantos casos en los que interviene la cláusula:

  • Un contrato de arrendamiento privado entre personas jurídicas particulares.
  • Los acuerdos entre organismos e instituciones públicas y también de estas con personas jurídicas en legítimo empleo de los recursos del Estado.
  • Las cláusulas son muy comunes en el comercio internacional, entre empresas y en distintos niveles del comercio correspondiente a la circulación de mercadería y el movimiento de capital.
  • En el ámbito público internacional entre Estados y organizaciones de todo tipo mediante tratados de libre comercio o cooperación mutua.
  • En documentos y disposiciones unilaterales que se fundan en una sola voluntad y que establece ciertas condiciones para su ejecución.

Características de la cláusula

Las cláusulas como tales disponen de ciertas limitaciones que se organizan en función de las normas imperativas y las normas prohibitivas. Se trata de pautas que determinan que ciertos elementos, en determinadas condiciones, no pueden ser afectados por las cláusulas de un contrato.

La contribución tributaria, por ejemplo, es una obligación con la que se debe cumplir independientemente de la disposición contractual, en tanto el impuesto o tributo en cuestión que grava la actividad se encuentre determinado por la ley.

Otro ejemplo de una cláusula infructuosa es aquella que vulnera de alguna manera alguno de los derechos inalienables o libertades que las personas perciben frente a la ley. Este tipo de situaciones suele producirse especialmente en el ámbito laboral, en el que las cláusulas de este tipo se incluyen en los contratos de relación de dependencia sin pleno conocimiento por parte del empleado.

La responsabilidad penal tampoco puede ser superada por una disposición contractual ni por la autonomía de voluntades; un delito, sin importar la calidad del contrato ni la voluntad expresa, no puede ser cometido en función de una cláusula particular sin que el responsable sea debidamente procesado por ello.

Limitaciones fundamentales

Las cláusulas y sus características pueden encontrarse limitadas en función de distintos principios:

Límite constitucional

Un contrato privado no puede sobreponerse sobre las leyes debidamente sancionadas por los poderes legislativos y parlamentarios. De manera inversa, no se puede renunciar a los derechos propios de los ciudadanos mediante la contratación o el acuerdo entre las partes.

Límite legal

Se constituye como el principio de la limitación de índole jurídica que dispone que ninguna cláusula o disposición contractual puede vulnerar la ley o condicionar su aplicación. Esto implica que no se puede transferir una obligación a otra persona o que otra persona haga lo propio. Tampoco pueden afectar a las normas estatales y las condiciones de trabajo que estas estipulen. Por ello mismo, en cuanto al aspecto mercantil del comercio, no se puede disponer de cláusulas que originen un deterioro en las condiciones de consumo.

Límite no escrito

Responde a aquellos contratos que, por cualquier motivo, dispongan de cláusulas y condiciones que contradigan el principio de orden público y la moral tomada como referencia. Existe, por lo tanto, una capacidad para despreciar aquellas cláusulas que se interpongan ante las facultades del legítimo gobierno.

Una cláusula es una disposición que condiciona un acuerdo legal entre dos personas o las responsabilidades y obligaciones entre una persona o conjunto de personas frente a la Ley. Por lo tanto, no puede contradecir las disposiciones legales ni vulnerar los derechos de las personas. Por lo demás, su empleo legítimo se basa en el principio de autonomía de la voluntad recogido en el Código Civil.

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