Observatorio Estatal de la Morosidad Privada
Observatorio Estatal de Morosidad
El Observatorio tendrá una serie de funciones clave destinadas a reducir la morosidad y mejorar la transparencia en las transacciones comerciales.
Puntos esenciales:
- Seguimiento de los periodos de pago y morosidad
- Elaboración de informes anuales
- Códigos de buenas prácticas
Camino a la transparencia en las transacciones comerciales
Observatorio Estatal de la Morosidad Privada
El Observatorio Estatal de Morosidad Privada, es una iniciativa destinada a monitorear y controlar los periodos de pago y la morosidad en las transacciones comerciales entre empresas. Este nuevo órgano se establecerá antes del 2 de julio de 2024, según lo dispuesto en el Real Decreto 439/2024, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 1 de mayo de 2024.
La creación del Observatorio Estatal de Morosidad Privada se enmarca en la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas. Esta ley modifica el Real Decreto 962/2013, de 5 de diciembre, que regula el Consejo Estatal de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME), para incluir a representantes de asociaciones especializadas en el ámbito de la morosidad. Además, la ley establece la creación del Observatorio con el objetivo de controlar la evolución de los datos de pago y promover buenas prácticas comerciales.
Funciones del Observatorio Estatal de Morosidad Privada
El Observatorio tendrá una serie de funciones clave destinadas a reducir la morosidad y mejorar la transparencia en las transacciones comerciales.
- Seguimiento de los periodos medios de pago y morosidad
El Observatorio supervisará la evolución de los periodos medios de pago y la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas privadas, aplicando la regulación europea y nacional correspondiente. Esto incluye tener en cuenta la legislación sectorial aplicable en cada caso. - Elaboración de informes anuales
Cada año, el Observatorio preparará un informe sobre la situación de los plazos de pago y la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas privadas. Este informe proporcionará una visión detallada del estado actual y las tendencias en los periodos de pago. - Difusión de códigos de buenas prácticas
El Observatorio elaborará y difundirá códigos de buenas prácticas comerciales. También llevará a cabo campañas de concienciación, formación e información para contribuir a la creación de una cultura de pagos responsable, incluyendo referencias a las mejores prácticas de otros países. - Aplicación de directrices de la Unión Europea
El Observatorio seguirá y aplicará las directrices de la Unión Europea en esta materia, y en su caso, las del Observatorio Europeo de la Morosidad. - Publicación de un listado de empresas incumplidoras
Cada año, el Observatorio publicará un listado de empresas que hayan incumplido los plazos de pago conforme a lo previsto en los artículos 11 y 12 de la normativa. Este listado incluirá empresas con más de 600,000 euros de deuda atrasada y que paguen menos del 10% de sus facturas dentro del plazo legal. La lista será accesible durante tres meses. - Diagnóstico y evaluación de malas prácticas de pago
El Observatorio realizará diagnósticos, análisis y evaluaciones de los efectos de las malas prácticas de pago, como dificultades financieras e insolvencia. Esto incluirá el uso de indicadores, metodologías y fuentes de información cuantitativas y cualitativas, priorizando los sectores con peor comportamiento de pago. - Promoción de sistemas de resolución de conflictos
El Observatorio fomentará sistemas de resolución de conflictos a través de la mediación y el arbitraje, y estudiará instrumentos financieros que permitan una mejor gestión de los pagos.
Procedimiento de elaboración del listado de empresas incumplidoras
El proceso de elaboración del listado de empresas incumplidoras es riguroso y transparente. Vencido el ejercicio precedente, durante el primer trimestre de cada año, el organismo de la Administración pública encargado de la gestión de la facturación electrónica proporcionará a la Secretaría del Observatorio la información necesaria. La Secretaría elaborará una propuesta de resolución que incluirá el listado de empresas que incumplan las condiciones especificadas.
Las empresas incluidas en el listado provisional serán notificadas y dispondrán de un plazo de diez días para formular alegaciones y aportar documentos que justifiquen los pagos efectuados. Transcurrido este plazo y tras revisar las alegaciones, la Secretaría elevará la propuesta de resolución al Observatorio, que aprobará y publicará el listado definitivo antes de finalizar el año en curso.
Impacto económico
Se estima que la creación del Observatorio Estatal de Morosidad Privada tendrá un impacto positivo en la economía, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes). Se espera que la norma afecte a unas 32,500 empresas, de las cuales aproximadamente 23,800 tienen problemas de incumplimiento de plazos de pago. La mejora en la transparencia y la promoción de buenas prácticas comerciales favorecerán un entorno de negocios más justo y competitivo.
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El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto 439/2024, creando el Observatorio Estatal de Morosidad Privada para monitorear la morosidad en pymes.