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La pensión de viudedad es una prestación contributiva de la Seguridad Social en España, diseñada para apoyar económicamente al cónyuge o pareja de hecho sobreviviente de un trabajador fallecido. Sin embargo, surgen numerosas preguntas en torno a las condiciones que pueden llevar a la extinción de esta pensión, especialmente en relación con el nuevo matrimonio o el establecimiento de una nueva pareja de hecho. Este artículo tiene como objetivo esclarecer cuándo y bajo qué circunstancias si te casas pierdes la pensión de viudedad, así como otras dudas frecuentes relacionadas con la pérdida de la pensión viudedad.
¿Qué es la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad se otorga al cónyuge sobreviviente o a la pareja de hecho registrada del fallecido, siempre que se cumplan ciertos requisitos de cotización por parte del causante y de convivencia o relación legal por parte del beneficiario.
¿Quién puede cobrar una pensión de viudedad?
Para recibir una pensión de viudedad en España, es imprescindible cumplir con un conjunto de requisitos tanto por parte del fallecido como del beneficiario.
Principio del formulario
Requisitos del causante fallecido
- Actividad laboral: El causante debe haber estado en activo, de alta en el régimen general de la Seguridad Social o en una situación asimilada al alta, y haber cotizado un mínimo de 500 días dentro de los cinco años anteriores a su fallecimiento. En caso de no estar de alta, se exige un mínimo de quince años de cotización.
- Excepciones en el período de cotización: No se requiere el período mínimo de cotización si el fallecimiento ocurre debido a un accidente laboral o enfermedad profesional.
- Pensionistas: Se incluye a aquellos que recibían una pensión de jubilación contributiva o de incapacidad permanente, o tenían derecho a ella en el momento del fallecimiento.
- Subsidio por enfermedad y otras circunstancias: También incluye a quienes tenían derecho a subsidio por enfermedad (IT), riesgo durante el embarazo o lactancia, paternidad o maternidad, siempre y cuando hayan cotizado el tiempo necesario.
Requisitos del beneficiario de la pensión
- Cónyuge sobreviviente: Puede cobrar la pensión si el matrimonio se celebró al menos un año antes del fallecimiento del causante, excepto si existen hijos comunes, en cuyo caso no se aplica este límite temporal.
- Divorciados o separados judicialmente: Son elegibles si existía una pensión compensatoria que el ex cónyuge va a dejar de recibir debido al fallecimiento.
- Pareja de hecho: Se requiere que la pareja haya estado inscrita en un registro público como tal y que haya convivido de forma estable y continuada durante un mínimo de cinco años antes del fallecimiento.
¿Cuándo se pierde la pensión de viudedad?
La pérdida de la pensión de viudedad en España, ocurre bajo ciertas condiciones específicas relacionadas principalmente con cambios en el estado civil o la formación de nuevas uniones. La legislación establece que la pensión de viudedad se extingue si el beneficiario contrae un nuevo matrimonio o inicia una convivencia como pareja de hecho, asumiendo que estas nuevas relaciones proporcionan una protección económica similar a la ofrecida por el fallecido.
Excepciones a la regla
Sin embargo, existen excepciones a esta regla general de extinción de la pensión de viudedad:
- Mayores de 61 años: Si el beneficiario de la pensión tiene 61 años o más, puede retener su pensión de viudedad, incluso si contrae nuevo matrimonio o se une a una nueva pareja de hecho.
- Discapacidad: Los beneficiarios con una discapacidad igual o superior al 65% también están exentos de la extinción de la pensión por nuevo matrimonio o pareja.
- Dependencia económica: Si la pensión de viudedad constituye el 75% o más de los ingresos totales del beneficiario y tanto él como su nueva pareja carecen de recursos suficientes, se puede solicitar la conservación de la pensión.
¿Puedo cobrar la pensión de viudedad si me vuelvo a casar?
La respuesta es generalmente negativa, a menos que se cumpla con alguna de las excepciones mencionadas anteriormente. La legislación busca proteger al cónyuge o pareja de hecho que queda en desamparo económico tras el fallecimiento del causante, pero entiende que un nuevo matrimonio o pareja de hecho proporciona un nuevo marco de apoyo económico.
Resumen
En resumen, la pérdida de pensión viudedad ocurre principalmente cuando el beneficiario decide volver a casarse o iniciar una nueva convivencia como pareja de hecho, a menos que se encuentre en una situación que lo exente. Esta medida refleja el equilibrio entre proporcionar apoyo a quienes han perdido a su pareja y reconocer la formación de nuevas relaciones familiares que ofrecen soporte económico. La pensión de viudedad representa un pilar crucial en el sistema de protección social español, adaptándose a las circunstancias cambiantes de las personas beneficiarias mientras mantiene el principio de solidaridad.
Preguntas Frecuentes
La convivencia con una nueva pareja sin formalizar la relación como pareja de hecho, en principio, no afecta directamente el derecho a percibir la pensión de viudedad. Sin embargo, es importante ser transparente con la Seguridad Social respecto a la situación familiar y económica, ya que cualquier cambio relevante en el estado civil o la convivencia del beneficiario podría influir en la prestación.
La existencia de hijos en común entre el fallecido y el beneficiario puede flexibilizar ciertos requisitos, como el tiempo mínimo de matrimonio antes del fallecimiento, que no se aplica si hay hijos en común. Esto reconoce la continuidad de la responsabilidad familiar y económica a pesar del fallecimiento.
No, el sistema de la Seguridad Social no permite percibir simultáneamente más de una pensión de viudedad. Si un beneficiario tiene derecho a más de una por diferentes causantes, deberá optar por la que le resulte más favorable económicamente.
Generalmente, se requiere el DNI o NIE del solicitante y del fallecido, el certificado de defunción, el libro de familia o certificado de matrimonio/pareja de hecho, y los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de cotización del causante. Además, pueden solicitarse documentos adicionales según la situación particular de cada caso.
La solicitud de la pensión de viudedad debe presentarse dentro de los tres meses siguientes al fallecimiento para recibir la prestación desde el día siguiente al deceso. Si se presenta después de este periodo, la pensión se reconocerá desde el día de la solicitud.
Recursos de interés
Para aquellos interesados en profundizar sobre la pensión de viudedad en España y obtener la información más actualizada, es crucial consultar fuentes oficiales. A continuación, se proporciona un listado de recursos oficiales que pueden ser de gran utilidad:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Portal de la Seguridad Social: Este portal ofrece una amplia gama de información sobre todas las prestaciones y servicios ofrecidos por la Seguridad Social española, incluyendo la pensión de viudedad.
Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
- SEPE: Aunque principalmente enfocado en empleo y desempleo, el SEPE también proporciona información relevante sobre cómo ciertas situaciones laborales afectan a las prestaciones sociales.
Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Legislación y Normativas: Para aquellos interesados en el marco legal exacto que regula las pensiones de viudedad, el BOE es la fuente oficial de todas las leyes, normativas y cambios legislativos en España.
Atención Directa
- Oficinas de la Seguridad Social: Para consultas personales, tramitación de prestaciones o cualquier otro procedimiento administrativo, es recomendable acudir directamente a las oficinas de la Seguridad Social. A través de su sitio web se puede obtener información sobre ubicaciones y horarios.
Estos recursos ofrecen una base sólida para investigar y resolver dudas específicas sobre la pensión de viudedad. Es importante recordar que las leyes y normativas pueden cambiar, por lo que siempre es recomendable consultar las fuentes oficiales más recientes para obtener la información más precisa y actualizada.
Esperamos que este artículo haya sido de tu interés.
- Maria2022-06-20 16:22:14Mi madre estaba enferma, hace 4 meses contratamos a una señora durante casi 6 horas,mi madre falleció, cual es la indemnizacion que le corresponde. Gracias