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Lista Robinson, ¿Qué es y cómo funciona?

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14 de diciembre de 2018

La Lista Robinson es un fichero en el que constan personas que se han inscrito voluntariamente en él con el objeto de manifestar su oposición a la utilización de sus datos personales con fines publicitarios.

Está gestionado por la Asociación Española de Economía Digital (Adigital) que es responsable de este fichero.

Para apuntarse y figurar en este fichero sólo hay que visitar el sitio https://www.listarobinson.es/ y apuntarnos usando nuestro email; es muy fácil.

Al inscribirse se pueden seleccionar los canales y medios donde queremos evitar la publicidad (correo, teléfono, email, sms) y también notificar a determinadas empresas, a través de la lista, que no queremos seguir recibiendo su publicidad a partir de este momento.

Es obligación de las empresas que se dedican a publicidad directa utilizando listas de datos de personas el consultar, antes de hacerlo, si esas personas se han opuesto a la utilización de sus datos.

Derecho a oponerse a recibir comunicaciones comerciales

El Reglamento (UE) 2016/679 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo de 27 de abril De 2016 (de protección de datos) establece, en su artículo 21 puntos 2 y 3, el derecho de todos de oponernos a que se utilicen nuestros datos personales para mercadotecnia directa (incluida la elaboración de perfiles) y prohíbe que los datos de una persona que se ha opuesto a este uso se utilicen para él.

Por lo tanto, la utilización de listas de datos de personas sin consultar previamente si se han opuesto a ella los interesados (en este caso sin consultar la Lista Robinson) es una infracción de la normativa de protección de datos denunciable ante la Agencia Española de Protección de Datos y sancionable por ésta.

De hecho, ya es habitual en muchos lugares de Internet donde nos piden nuestros datos personales para fines lícitos (para una venta o para una suscripción, por ejemplo) que nos pregunten si estamos de acuerdo que se utilicen esos datos para comunicaciones comerciales y, si decimos que no, no pueden hacerlo.

Pero, aunque no se hubiera hecho esa pregunta al dejar nuestros datos, si nos hemos opuesto de manera genérica apuntándonos en la Lista Robinson tampoco pueden hacerlo.

Esto es importante porque estas comunicaciones comerciales pueden llegar a ser algo muy molesto si, como ocurre a veces, son muy frecuentes y hechas por comerciales muy agresivos o insistentes que nos pueden hacer perder mucho tiempo.

En el mismo sentido se pronuncian, para este tipo de comunicaciones comerciales por teléfono, correo electrónico, mensajes y análogos, la Ley 32/2003 de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones y la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico. En base a estas normas, además de lo ya dicho:

  1. Están protegidos los abonados al teléfono y los que reciben servicios de Internet, tanto si son personas físicas como jurídicas.
  2. Para enviar llamadas telefónicas automáticas sin intervención humana se debe tener el consentimiento previo y expreso del destinatario.
  3. Las llamadas hechas por comerciales humanos sí se pueden hacer siempre que aparezcan en las guías telefónicas y no figure su nombre precedido de una “U”, además de no figurar en la Lista Robinson.
  4. Para envíos de sms, mms o similar es necesario el consentimiento anterior y expreso del destinatario salvo que éste hubiera solicitado un producto o servicio similar al que se le va a ofrecer a la misma empresa que se le ofrece, pero siempre dándole la posibilidad de oponerse a este tipo de comunicaciones.

Nuestro consentimiento

Además de poder inscribirnos en la Lista Robinson debemos tener cuidado con otras cosas si queremos ser bombardeados por publicidad utilizando nuestros datos.

Especial atención y cuidado debemos tener en evitar dar nuestro consentimiento al uso de nuestros datos. Cuando participamos en actividades de internet, nos registramos en una web o realizamos compras o encargos nos suelen solicitar consentimiento para enviarnos publicidad. Debemos mirar lo que rellenamos en internet y no aceptar, sin más o sin mirarlos, los términos que nos dan.

Según las normas el consentimiento debe darse por un acto afirmativo claro que deje constancia de que aceptamos que usen nuestros datos por lo que siempre habrá que rellenar, al menos, una casilla. No sería válido que pongan un texto indicando que si no contestamos se entiende que consentimos, es decir, no está permitido el consentimiento tácito.

Si hemos dado ya nuestro consentimiento podemos, en cualquier momento, retirarlo y ordenar que no se sigan utilizando nuestros datos para publicidad. Esto se hará poniéndonos en contacto con el responsable del sitio web que debemos poder contactar mediante un teléfono gratuito o un servicio de atención al público.

Si no sabemos dónde dirigirnos para esto podemos buscarlo en la sección de la página sobre protección de datos (que debe existir siempre).

Denunciar infracciones a la Agencia de Protección de Datos

Si, a pesar de todo, siguen utilizando nuestros datos contra nuestra voluntad y, por ello, seguimos recibiendo publicidad no deseada (spam) podemos denunciar a la AEPD.

Con la denuncia deberemos aportar la siguiente información y documentación:

  • Si estamos inscritos en la lista Robinson desde hace más de tres meses acreditar nuestra inscripción.
  • Si nos hemos opuesto en contrato a que se utilicen nuestros datos copia del contrato donde lo dice.
  • Si hemos ejercido los derechos de supresión u oposición o retiramos nuestro consentimiento y sigue la publicidad pasado un mes, la comunicación sellada por la entidad o la respuesta de la entidad denunciada.
  • Si nos hemos opuesto por sms o llamada telefónica las imágenes del mensaje o los datos de la llamada. Si es por email una copia del mismo.
  • Por último, deberemos dar información suficiente sobre la publicidad recibida.

Si el problema llega a constituir un acoso telefónico también podemos reclamar ante las autoridades de consumo autonómicas y municipales: esta publicidad agresiva puede ser una infracción en materia de consumo.

Por último, existe un sistema de mediación que presta la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL).