Ley Orgánica 3/2018: ¿En qué consiste?
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La Ley Orgánica 3/2018, mejor conocida como la “Nueva LOPD”, es una legislación que entró en vigencia el 7 de diciembre del año 2018 y que contiene todo lo referente a la Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
Esta ley nos garantiza a los españoles un conjunto de nuevos derechos digitales que nos permiten preservar nuestro honor, privacidad e intimidad, tanto personal como familiar.
¿Por qué se crea La Ley Orgánica 3/2018?
La necesidad que existía en España de actualizarse conforme a los tiempos de la era digital en cuanto a sus “Derechos Digitales” es lo que ha hecho surgir la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales.
Todo este escenario se precipitó por la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) el 25 de mayo del 2018 por parte del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea.
Por tanto, España tenía la obligación de adaptar su derecho interno a las nuevas exigencias del RGPD. En vista de esto y después de un largo proceso de debate y gestión, se tomó la decisión de aprobar La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales por parte del Senado. La fecha en la que sucedió esto fue el 22 de noviembre de 2018 y su publicación se efectuó el 6 de diciembre de ese mismo año.
La Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos viene a derogar una legislación que ha ido perdiendo vigencia con el pasar del tiempo. Se trata de la Ley Orgánica 15/1999, de fecha 13 de diciembre, y que trata acerca de la Protección de Datos de Carácter Personal.
Novedades de la Ley Orgánica 3/2018
La Nueva LOPD trae consigo una serie de nuevos e imprescindibles derechos de diversos ámbitos y que estaban, de alguna manera, en un vacío legal dentro de la legislación española. Todos ellos son hoy muy importantes, sobre todo para los propietarios de pymes o de negocios online. Algunos de estos son:
Derechos Digitales
Este es, sin duda, el ámbito más destacado de esta nueva ley. En este orden de ideas, los tres principales serían: el derecho de la seguridad digital en las comunicaciones a través de Internet, el derecho de acceso universal a Internet para todos los españoles por igual y el derecho a la neutralidad de redes de Internet.
Otros derechos a destacar de la Nueva LOPD son el derecho a la educación digital y el que corresponde a la protección especial de menores de edad en cuanto a sus datos personales y en el uso de dispositivos digitales.
Ámbito Laboral
Este es otro de los aspectos que debe resaltarse de la Ley Orgánica 3/2018, ya que permite asegurar el derecho a la intimidad de los trabajadores que usen dispositivos móviles que son colocados a disposición por el empresario o empleador.
En este sentido, esta ley establece que el contratante podrá acceder al contenido de estos dispositivos únicamente para “controlar el cumplimiento de las obligaciones laborales o estatutarias y de garantizar la integridad de dichos dispositivos.”
Otro derecho fundamental contemplado en esta Ley Orgánica 3/2018 es el de “Desconexión digital”. Es decir, el derecho de que se le garantice a los empleados el respeto de sus tiempos de permisos, descanso y vacaciones o como se establece: todo aquel lapso “fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido”.
Medios de comunicación digitales
En cuanto a los derechos que corresponden a los medios digitales se contempla el derecho de rectificación y el derecho a la actualización de informaciones por Internet.
¿Quiénes están sujetos a la Ley Orgánica 3/2018?
Toda aquella empresa pública o privada que utilice cualquier dato personal de algún español para desarrollar sus actividades, debe apegarse a los nuevos lineamientos de protección de datos y cumplir con La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
Esto aplica desde pequeños negocios online hasta las pymes. Así que si tenemos este tipo de empresas o negocios, debemos estar sujetos a esta Nueva LOPD.
¿Qué debe hacer nuestra empresa para apegarse a Ley Orgánica 3/2018?
- Crear un RAT (registro de actividades de tratamiento), es decir: un documento donde definamos qué tratamientos realizamos y qué medidas tomamos para la protección de datos.
- Establecer protocolos de respuesta al usuario: esto es en caso de que los ciudadanos nos soliciten ejercer sus respectivos derechos sobre su información personal. En otras palabras, rectificar, limitar, acceder, oponerse o suprimir dicha información. Tengamos presente que hay un plazo para dar respuesta y en caso de oponernos, estaríamos incurriendo en una falta grave.
- Crear protocolos de declaración de brechas: esto en caso de que la información de nuestros usuarios haya sufrido algún ataque u ocurra una infiltración. Por tanto, debes avisar oportunamente a tus usuarios para que tomen medidas al respecto (cambiar de contraseña, por ejemplo). De igual forma, se debe avisar a las autoridades.
- Crear cláusulas de confidencialidad y de obligaciones en los contratos de los colaboradores y trabajadores: esto incluye multas y sanciones a nuestros trabajadores. Es una forma de evitar que utilicen los datos de los ciudadanos para otros fines distintos a los de la empresa.
- Otras exigencias: nuestra página web debe poseer aviso legal, política de cookies y política de privacidad.
La Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos es una legislación muy necesaria que viene a reivindicar los derechos digitales de los españoles. Por tanto, debemos informarnos de todo lo que contempla la Ley Orgánica 3/2018, para que nuestra empresa pueda adaptarse y ofrecer la mayor protección a los usuarios.