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¿Cómo reclamar si te deniegan el ingreso mínimo vital?

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Avatar de Software DELSOLSoftware DELSOL
3 de mayo de 2021
5 comentarios

La implantación del IMV (ingreso mínimo vital) está destinada a prevenir situaciones de exclusión social o riesgo de pobreza: más de un millón de personas ya han solicitado el ingreso mínimo vital, y se ha contabilizado una alta tasa de rechazo en la solicitud (del orden del 80 %). Analizaremos cómo hay que reclamar si te han denegado el ingreso mínimo vital, así como los puntos clave que estudia la Seguridad Social para concederlo.

Paso 1: espera a recibir la comunicación oficial de la Seguridad Social denegando la solicitud

No se puede comenzar a reclamar nada si previamente no se ha recibido del INSS una comunicación por escrito donde consten, al mismo tiempo, tanto el rechazo de la solicitud del IMV como los motivos que justifican tal decisión.

Es muy importante quedarse con estos motivos, porque en torno a ellos se enarbolará la posterior reclamación: las razones más usuales por el INSS para denegar la solicitud del ingreso mínimo vital son:

  1. Fallo de forma al acreditar el lugar de residencia. Es imprescindible adjuntar el certificado de empadronamiento a la solicitud, ya que no sirve solo con presentar el DNI.
  2. No cumplir con el requisito de la renta mínima. Recordemos que el ingreso mínimo vital solo tendrá efecto en hogares cuyos ingresos mensuales no superen los 230 euros, o donde el promedio de las rentas percibidas por los convivientes sea inferior a 450 euros mensuales.
  3. No poder acreditar la emancipación. Se establece un mínimo de tres años viviendo de forma independiente, es decir, sin el sostenimiento económico de ninguna otra unidad familiar.

Otros requisitos para pedir el IMV, y que podrían constituir motivo de rechazo si no se cumpliesen, son tener fijada la residencia en España, tener una edad comprendida entre 23 y 65 años (o menos de 23, si se tienen hijos a cargo), y haber cotizado al menos un año a la Seguridad Social.

Paso 1-bis: espera a que venza el plazo de silencio administrativo del INSS

Como en casi todos los procedimientos con la Administración, esta puede dar a entender un rechazo u oposición frente al ciudadano a través del silencio administrativo: este plazo es de 45 días, y no será hasta entonces cuando se pueda iniciar el proceso de reclamación.

Paso 2: presenta la reclamación administrativa previa

Una condición general de las desavenencias con las administraciones públicas es agotar todas las vías administrativas antes de abrir un procedimiento judicial: el proceso a seguir a continuación pasa por presentar una reclamación administrativa previa.

Esta reclamación es un escrito formal que se tiene que presentar a través de un canal oficial previsto por la Ley; si bien no existe un modelo predeterminado, el artículo 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social determina tanto la estructura como la forma de presentación del escrito.

Para presentar esta reclamación, la mencionada ley establece que dispondrás de 30 días hábiles (laborables) desde la fecha de recepción de la carta del INSS donde se te notifique el rechazo, o desde que venza el plazo del silencio administrativo.

El escrito formal de reclamación previa constará de los siguientes datos:

  • Órgano del INSS al que se dirige: el mismo que figure en el membrete del comunicado de rechazo o, en su defecto, la delegación provincial de la Seguridad Social que corresponda según tu lugar de residencia.
  • Datos identificativos al completo: nombre, apellidos, número de DNI/NIE, domicilio, número de teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Número de referencia del procedimiento: si has recibido la carta de rechazo del INSS, tendrás que incluir la referencia de la solicitud del IMV que identifica el procedimiento.
  • Exposición de alegaciones y pruebas documentales: tienes que rebatir al INSS el motivo del rechazo que se argumentó en el primer escrito, así como adjuntar todas las pruebas documentales que puedas reunir para justificar tu postura.
  • Lugar, fecha y firma del solicitante.

Una vez cumplimentado el escrito de reclamación previa, podrás hacerlo llegar a través de Internet en el Registro Electrónico Común de la Administración o en la Sede Electrónica del INSS.

Si vas a presentarlo presencialmente, podrás hacerlo en cualquier oficina de registro público, en algún CAISS (Centros de Atención e Información de la Seguridad Social) o en una oficina de Correos (mediante un correo administrativo).

Paso 3: si todo lo demás falla, acude a la vía judicial

Cuando hayas agotado la vía administrativa, se abrirá un plazo de 30 días hábiles para iniciar una reclamación por vía judicial contra el INSS; ten en cuenta que vas a tener que contratar los servicios de un abogado que te represente en el procedimiento.

Si consideras que se te ha privado injustamente del IMV, da todos los pasos administrativos necesarios para reclamarlo antes de tener que pagar a un representante legal: no obstante, si tu reclamación tuviese éxito, el INSS te pagaría el ingreso mínimo vital de forma retroactiva (desde la fecha de la primera solicitud).

Comentarios ( 5 )
  • Esther
    2021-08-31 22:58:00
    Reclamé el IMV porque me la denegaron por un error del patrón y no me an contestado todavía lo estoy esperando ya ace un mes y me decían que tardaría 30 días Avilés porfavor decirme algo
  • Elsa Aguilar
    2021-09-25 23:15:29
    Por un error mandé 2 solicitud del mínimo vital, el dia 15/2020. Una de ellas sale denegada y la otra archivada hasta ahora después de 18 meses no he recibido ninguna carta de la seguridad social notificando y no se cómo reclamar si no tengo ninguna respuesta de ellos envié más documentación en abril que me pidieron y no han vuelto a decir nada.
  • Stefan Laura Maria
    2021-11-26 12:34:57
    hola buenas Llo estaba cobrando la mínima vital todo los 25 i este 25 no e cobrado nada i qero saver el motivo por favor qero resolver cuanto a ntes porque mis hijo no tine qe comer i le acen falta ropa para el colegio i muchas cosa por favor cuánto antes un saludo
  • Soad
    2022-10-26 00:30:18
    Peden ducomentos en febrero le mando por imail que hay en la carta hasta julio fue al seguridad social por renovación de ducomentos me dicen que el ingreso vital está denegado sin mandar carta La hecho la reclamación en mismo día hasta hoy no nada y no tengo código para ver estado ni de 32 ni de 8 . Cada ves pregunto decin sigui egual nada
  • Fernando
    2022-11-27 23:09:56
    Hola Buenas noches!! Me han DENEGADO LA SENTENCIA DEL IMV..El juez falló a favor de la Seguridad Social.. Hace, 15 días que acepté, a mi abogado que representa RECURRIR LA SENTENCIA a solicitud de el.. No hemos tenido contacto, no sé nada.. Me queda un mes para solicitar IMV..NUEVAMENTE, pues el año pasado, no tuvimos entradas de salario 00..y este año están trabajando toda la familia.. Me empadrone,hace 2 meses en la casa que vivo hace años, para estar sólo.. Tengo 64 años..Me queda unos meses.. MI PREGUNTA ES SE PUEDE RECURRIR SENTENCIA Y A LA VEZ SOLICITAR IMV ? O SEA LAS 2 A LA VEZ? ES POSIBLE.. MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN.. FERNANDO