Diferencia entre IAE y CNAE
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El IAE es un código numérico, según una lista creada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de España, que se aplica según la actividad que realicen empresarios o profesionales para la gestión y aplicación del Impuesto de Actividades Económicas.
Por su parte, el CNAE es, también, un código numérico y, al igual que el anterior, se aplica según la actividad que desarrolla cada empresario o profesional pero, a diferencia del anterior, no se crea con fines de gestión tributaria sino que se crea, según criterios emanados de la normativa europea, con fines estadísticos.
Por lo tanto, IAE y CNAE tienen en común que los dos son códigos numéricos y los dos definen y clasifican actividades empresariales y profesionales.
Pero estas son las únicas coincidencias ya que los fines con los que se han creado son diferentes, su configuración numérica es diferente y no tienen por qué coincidir entre ellos.
La CNAE
Creado, en su última versión, por el RD 475/2007, de 13 de abril, que actualiza una versión anterior creada en 1992, la Clasificación Nacional de Actividades Económicas es, como hemos dicho, un sistema de clasificación de actividades empresariales y profesionales.
Esta norma pretende actualizar la clasificación de 1992 incluyendo los cambios en el mundo económico y, también, adaptar la clasificación al Reglamento (CE) n.º 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006 que fija la clasificación europea de actividades económicas.
El CNAE no tiene naturaleza ni fines tributarios, sino que se crea para que las empresas, los gobiernos, las entidades financieras y otros puedan disponer de datos fiables y comparables sobre la actividad económica.
Además, debe permitir comparativas de la información a nivel europeo (por eso la adaptación a la Directiva Europea) e internacional, creando información comparable también en este ámbito con su adaptación de los criterios creados por la Comisión de Estadística de la ONU materializadas en la vigente Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU).
Es competencia del Instituto Nacional de Estadística la elaboración, actualización periódica y análisis de la CNAE.
Estructura
Cada código consta de una letra y nueve cifras que son:
- Un primer nivel con código alfabético: secciones
- Un segundo nivel de dos cifras: divisiones
- Un tercer nivel de tres cifras: grupos
- Un cuarto nivel de cuatro cifras: clases
De esta manera la información se puede ordenar, clasificar y cuantificar en los distintos niveles según las necesidades del estudio que estamos realizando.
Las secciones son:
- Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
- Industrias extractivas.
- Industria manufacturera.
- Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
- Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación.
- Construcción.
- Comercio al por mayor y el por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas.
- Transporte y almacenamiento.
- Hostelería.
- Información y comunicación.
- Actividades financieras y seguros.
- Actividades inmobiliarias.
- Actividades profesionales, científicas y técnicas.
- Actividades administrativas y servicios auxiliares.
- Administración Pública y defensa; Seguridad Social obligatoria.
- Educación.
- Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento.
- Otros servicios.
- Actividades de los hogares como empleadores del personal doméstico.
- Actividades de organización y organismos extraterritoriales
El IAE
El código del IAE también es, como ya hemos dicho, un código numérico creado para la gestión del Impuesto de Actividades Económicas, regulado por el RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Ley de Haciendas Locales (ya que el IAE es un tributo de gestión municipal).
Aunque este Impuesto tiene una aplicación limitada, ya que sólo pagan su cuota las empresas que facturan más de un millón de Euros, estando exentas del pago las demás, los códigos de clasificación de actividades creados para el IAE han adquirido una importancia enorme ya que no se utilizan sólo para la gestión del IAE sino que también definen el tipo de actividad según el grupo y la actividad concreta que encuadre el código aplicable, lo que va a significar cuales son sus obligaciones tributarias en general en casi todos los aspectos:
- Si la actividad está sujeta o no a retención de IRPF o de otro impuesto.
- Si puede acogerse a un régimen simplificado (módulos) o a régimen de estimación objetiva normal o simplificada tanto el IRPF como en IVA.
- Las obligaciones formales de empresarios o profesionales, los libros que deban o no llevar y las declaraciones y liquidaciones que deben dar de alta en su censo y presentar.
- El tipo impositivo del IVA.
- Incluso, puede determinar las obligaciones con la Seguridad Social ya que determinados epígrafes de profesionales pueden no darse de alta en Seguridad Social cuando lo están en sus mutualidades propias.
El artículo 91 de la Ley de Haciendas Locales encomienda a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, entre otras cosas, la gestión censal del Impuesto, por lo que los epígrafes de IAE se han elaborado por dicha AEAT en el RD Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
El código de cada actividad pertenece a una de las tres secciones principales y consta de tres números principales y puede tener un cuarto número después de un punto.
Las tres secciones principales son:
- Actividades Empresariales
- Actividades Profesionales
- Actividades Artísticas
Estos números de sección constan antes del código de la actividad y separados por un espacio.
El código de tres números está compuesto por un primer número que es la División (por ejemplo, el número 0 es ganadería), un segundo número que es la Agrupación (por ejemplo el 01 explotación de ganado bovino) y el tercer dígito el grupo (por ejemplo 011 sería Explotación extensiva de ganado bovino).
En algunos casos el grupo puede tener subgrupos por concretar la actividad más (por ejemplo, el grupo 973, Servicios fotográficos y fotocopias tiene varios subepígrafes como el 973.1 Servicios fotográficos).