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Me puede volver a contratar una empresa que me ha despedido

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¡Lo quiero!
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1 de diciembre de 2020
20 comentarios

No hay ningún problema para que una empresa que ha despedido a un trabajador vuelva a contratarle.

Sin embargo, esto tiene sus condiciones y sus consecuencias qué es lo que vamos a ver en este artículo.

Características de la relación laboral

Toda relación laboral se define y caracteriza por tres datos esenciales: antigüedad, categoría y salario.

La antigüedad sirve, entre otras cosas, para calcular la indemnización en caso de despido (improcedente u objetivo). Si el trabajador es despedido y, en otro momento posterior, vuelve a ser contratado el nuevo contrato tendrá la antigüedad desde esa segunda contratación ya que el trabajador aparece nuevamente como nuevo trabajador.

La categoría profesional es la que define qué labor va a desempeñar el trabajador en la empresa y, si es despedido y en fecha posterior contratado de nuevo, puede ser para hacer lo mismo (la misma categoría profesional) o para otras funciones de categoría superior o inferior.

El salario es la cantidad bruta que percibe el trabajador mensualmente. Está determinado, normalmente, por la categoría profesional ya que el empresario no puede pagar menos de lo que fija el convenio para la categoría que sea (si puede pagar más) y sirve también para determinar la indemnización por despido.

Estas tres características de la relación laboral no es sólo que la definan, es que son garantías para el trabajador y sus derechos. Son irrenunciables, aunque el trabajador renunciara a ellas voluntariamente seguiría teniéndolas.

La empresa puede cambiar, temporalmente, las funciones del trabajador y su categoría por razones productivas o técnicas, pero debe hacerlo en la forma y con las condiciones previstas por la Ley y durante determinado plazo limitado. En el caso de dar al trabajador una categoría inferior no puede reducirle el salario.

Posibles actuaciones fraudulentas

Repetimos lo dicho al principio, nada impide que una empresa vuelva a contratar a un trabajador que despidió en el pasado. Pero este nuevo contrato podría ser fraudulento si se produce para sacar ventaja de la situación y no responde a la realidad. Esto puede ocurrir de varias maneras.

En primer lugar podría ser una nueva contratación fraudulenta si no se hace de manera espontánea sino con el objetivo de variar las características de la relación laboral (antigüedad, categoría y salario) que, como hemos visto, no pueden ser cambiadas. Si se vuelve a contratar al trabajador para que haga el mismo trabajo pero con otras condiciones menos beneficiosas para él se consideraría un fraude y el trabajador podría reclamar.

También sería fraudulento si se hace para que el trabajador cobre el paro, por ejemplo, y siga trabajando en negro y luego vuelva a ser dado de alta. También puede hacerse con que el trabajador despedido preste sus servicios como falso autónomo para la empresa, capitalizando el paro, y una vez superada esta situación vuelva a ser trabajador de la misma empresa.

Otro posible fraude sería el fiscal ya que la indemnización por despido está exenta del pago del Impuesto sobre la renta para el trabajador y si es un gasto deducible para la empresa. Si se hace para pagarle estas cantidades y no tributar.

La readmisión en el despido nulo

Todo este tiempo estamos hablando de una nueva contratación después de un despido.

No es lo que sucede en el caso de que el despido sea declarado nulo (por un juez o porque así lo reconozca la empresa en conciliación): en este caso la empresa está obligada a readmitir al trabajador (y pagarle los salarios de tramitación que son el salario desde que le despidió hasta la readmisión) pero no es una nueva contratación sino que es una continuación de la relación laboral como había sido antes, conservando el trabajador su antigüedad original en este caso.

En los contratos temporales

Diferente del despido es la terminación de la relación laboral por finalización de un contrato temporal (de obra o servicios, por circunstancias de la producción, de relevo, etc).

En este caso la nueva contratación, si se produce de manera inmediata al terminar el contrato temporal, conservará la antigüedad original y deberá igualar o mejorar la categoría o el salario.

En todo caso, los contratos temporales tienen, cada uno en su normativa propia, unas limitaciones por lo que es posible que una segunda contratación no se pueda hacer nuevamente como temporal y tenga que ser indefinida. Ésto debe ser visto en cada caso.

Comentarios ( 20 )
  • Margarita
    2021-03-22 14:16:06
    Hola yo estaba contratada en una empresa y hace 1 año llegamos a un acuerdo y me despidieron no cobre indemnización pero si cogí el paro, a día de hoy me quieren volver a contratar y desde recursos humanos le dicen q no es posible xq fue un despido procedente
  • María Jesús
    2021-05-06 22:47:12
    Hola, he estado en la misma empresa más de 3años ya tenía contrato indefinido y me ha despedido hace 2 meses, ahora quiere volver a contratarme pero supuestamente tiene que pasar un tiempo para volver a contratarme a que se debe eso?
  • Raquel
    2021-05-07 14:20:15
    Hola Quiero hacer una consulta En el mes de marzo me hicieron despido disciplinario Estoy cobrando el paro Y ahora mi empresa quiere volver a contratarme en el mes de septiembre Esto se puede hacer???
  • Carolina
    2021-07-23 05:53:35
    Hola en julio del 2020 me contrataron a plazo fijo hasta fines de septiembre y en octubre me hiciero el segundo contrato hasta marzo del 2021 y ahora en julio tengo la posibilidad de volver a trabajar mi pregunta es podrian volver hacerme contarto a plazo fijo nuevamente ?? O tendrian que contratarme indefinido
    • Jose Carlos
      2023-03-28 22:15:07
      Hola. Tengo un empleado q el día 18 de abril le vence el contrato y tendría que hacerle fijo Puedo despedirle y volver a contratarle ene el Mes de mayo ?
  • Javier Mera
    2021-08-12 07:31:33
    Fui despedido de manera intempestiva en noviembre 17 del 2020 ahora en febrero del 2021 me hacen un nuevo contrato con igual partida y funciones. Puedo cobrar indemnización y seguir. Existe una en el código del trabajo ecuador 233. En razón que he pedido mi subsidio de antigüedad.
  • marcela
    2021-08-14 17:11:02
    Hola me despidieron de una empresa en marzo del 2021 y hoy 15 de agosto del 2021 estoy nuevamente trabajando para la misma empresa.cuando podrian nuevamente hacerme contrato despues de cuantos meses?. gracias.
  • Franklin
    2021-11-10 07:35:00
    Hola tengo una pregunta yo trabaje en una empresa 9 años y en este año me liquidaron eso fue en el mes de marzo y en el mes de julio la misma empresa me llamó a trabajar y me isieron firmar un contrato emergente q en ese contrato decía q tiene durabilidad de 15 días a un año pero ahora dicen q el mes q viene nos ban a despedir xk la empresa debió esperar q pase mínimo 1 año para volvernos a contratarnos xk dicen q si nos tienen mas de 6 meces o un año se nos vuelve la antigüedad y es como q no nos an liquidado es verdad eso
  • María Eugenia
    2021-11-21 15:19:06
    Hola buenas llevó 6 años trabajado en una empresa me despidieron con un despido disciplinario le empresa me puedes contratar de nuevo y q tiempo debo esperar gracias
  • Óscar vivanco
    2022-01-04 18:09:24
    Hola buenas tarde les cuento yo fui despedido y finiquitado pero nunca me pagaron el finiquito después de un mes me llamaron que querían recontratar conservando las mismas regalías que tenía antes,sueldo antigüedad etc.pero en el momento de firmar el contrato me lo isieron con el nombre de otra empresa dejando contancia que llevaba más 15 años trabajando en ella se puede aser esto
  • Maria Jose Ortega
    2022-02-08 21:16:25
    Hola, gusto de saludarles: Tengo una duda, hace 5 meses estuve laborando para una aseguradora y decidieron ofrecerme aceptar una liquidación o firmar la renuncia voluntaria,sinceramente decidí optar la liquidación. Quiero saber si en algun futuro ´quiero de nuevo solicitar empleo, pueda reingresar. Dentro de los documentos que se firmaron, venía uno que indicaba que estaba saliendo de forma voluntaria. Espero puedan ayudarme a resolver mi duda.
  • Anna
    2022-04-08 14:28:11
    Me han hecho un contrato de obras y servicios con fecha de incorporación pero no de finalicación. Tengo un periodo de prueba de 6 meses y posibilidad de 12 meses de prorroga trás 3 años. Se trata de una entidad pública cuya plaza he obtenido por consurso/oposición. Se me dice que con el cambio de la normativa actual, no podian hacerme un contrato laboral indefinido. Si supero el periodo de prueba y por normativa no pueden hacerme indefinida. Pasados los 4 años ¿podrían despedirme para contratar a otra persona en mi lugar haciendo las mismas funciones que yo y en el mismo puesto? y en tal caso ¿finalizaría mi recorrido en esta administración local?
  • Belen Aravena
    2022-06-28 07:25:51
    Hola tengo una duda nosé si me la podrían resolver , soy de chile y la empresa que trabajo hace 5años sigo contratada por ellos pero , me tuve que cambiar de ciudad por fuerza mayor , ellos sabían que iba , los jefes de RRHH y hace meses , supuestamente me prometieron un cambio que me Iván a traladar ala misma empresa pero en la ciudad que estoy actualmente no pasó nada y yo más encima he tenido que estar con siquiatras x este asunto que me afectó anivel emociónal y familiar , que puedo hacer ?? Es para ir ala inspección del trabajo ..... ??gracias ojalá me ayuden
  • Javiera
    2022-09-05 07:40:45
    Hola trabajo en una empresa y bueno quiero renunciar pero no estoy tan segura como lo puedo hacer si mi carta de renuncia ya esta hecha
  • David
    2022-10-10 14:12:48
    Buenas puedo recuperar mi puesto de trabajo si me hacen un despido disciplinario estando indifinido cuando en verdad me an despido por no hechar horas extras después de mi jornada laboral
  • rodrigo
    2023-02-15 16:22:25
    Me contrataron en abril del 2022, cada 15 días fui firmando anexos de renovación de contrato hasta llegar a agosto ,en donde me finiquitaron. Me volvieron a contratar para la misma empresa mismo cargo a partir del 18 de agosto, asi estuve cada 15 dias firmando anexos de renovación de contrato, y fui finiquitado el 15 de febrero del 2023,ya que ahi se cumplía los seis meses. Mañana me envían contrato nuevo esta vez por 90 días más. Es esto legal? Se supone que estoy a prueba 6 meses primero y luego otros 6 meses más para pasar de agencia a empresa directa. gracias
  • Génesis
    2023-04-14 07:52:53
    Buenas una consulta yo renuncie para una empresa y en tanta espera de la líquidacion tuve que demandar pero ahora resulta que quiero trabajar con la misma empresa puedo volver a entrar auque haiga una denuncia por intermedio
  • Evans soto
    2023-05-03 18:52:02
    Buenos días Una consulta me operaron de mi mano derecha y al terminar la licencia no pude seguir yendo a trabajar ,esto fue ya casi un año y me desvincularon de la empresa Mi pregunta es si pueden volver a contratarme gracias
  • Angela pacheco toro
    2023-07-09 13:40:29
    Hola buenos días , en el 2011 trabaje en compensar me despidieron por robo horita. 2023 pase mi hoja de vidad y me recibieron q con secuencias me trae ami
  • Jhon Granados
    2023-07-23 17:12:36
    Que beneficios tengo si regreso a trabajar a mi antigua empresa antes de los seis meses