Razones para sellar el paro aunque no tengas ayudas
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HASTA EL 29 DE NOVIEMBRE.
Con el término sellar el paro nos estamos refiriendo a inscribirnos como demandantes de empleo en los servicios de empleo público de nuestra comunidad autónoma.
Esta inscripción como desempleado es un requisito necesario para poder cobrar la prestación o el subsidio por desempleo, aunque éstos últimos no los pagan las oficinas de empleo autonómicas sino el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que nos va a exigir estar inscrito en el paro para poder concedernos esta prestación.
Pero aunque no tengamos derecho a una prestación o subsidio del SEPE la inscripción como desempleados sigue siendo, si estamos en esa situación sin trabajo, algo conveniente e, incluso necesario por varias razones.
La idea es que la persona inscrita es un buscador activo de empleo y forma todavía parte de la población activa aunque no tenga trabajo.
En todo caso debemos señalar aquí que el inscribirse y renovar la inscripción en las oficinas de empleo es, hoy en día, muy sencillo ya que en casi todos los casos se puede hacer, incluso, por vía telemática.
Percibir ayudas y otros subsidios
El estar inscritos como desempleados es, en muchos casos, un requisito para tramitar y obtener determinadas ayudas de diferentes organismos públicos en todos los ámbitos, nacional, autonómico y municipal.
Se requiere, por ejemplo, para obtener la Renta Activa de Inserción (RAI) que, entre otros requisitos, cuando se concede para parados de larga duración mayores de 45 años se les exige haber agotado una prestación contributiva anterior, no tener derecho a ninguna otra prestación y llevar inscritos como desempleados los últimos doce meses. El importe de esta prestación es de 430€ mensuales.
Las rentas autonómicas de inserción que, según cada caso, tienen diferentes denominaciones como renta básica, salario social, etc. tienen, para su concesión, requisitos muy estrictos y siempre la exigencia de estar dado de alta como desempleado.
También se exige para conceder el subsidio para mayores de 52 años desempleados.
Además de todo esto nos pueden exigir estar dados de alta como desempleados para otro tipo de beneficios, subsidios o ayudas de carácter autonómico o municipal, para la dependencia, ayudas de vivienda, etc.
Facilidades en la contratación de empresas
Las empresas tienen bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social cuando contratan a un parado de larga duración en determinadas circunstancias, por ello si tenemos nuestra inscripción en el paro con determinada antigüedad será más fácil que nos contrate una empresa que quiera acogerse a estos beneficios, es decir, que contratar a un trabajador que está inscrito en el paro desde determinado tiempo les resulta más rentable porque se ahorran gastos de cotización.
Acceso a cursos de formación
Los servicios de empleo autonómicos tienen un catálogo de cursos de formación profesional que son gratuitos para los desempleados.
Aunque la asistencia a uno de estos cursos puede ser de carácter obligatorio para los que están cobrando una prestación o subsidio, también pueden asistir los que no lo cobran de manera voluntaria, pero tienen que estar inscritos como desempleados para ello.
El servicio de empleo autonómico publica, todos los años, un catálogo de cursos y las condiciones para acceder a ellos.
Tener antigüedad en el paro para otros beneficios
En muchos casos el estar inscrito como desempleado con cierta antigüedad es un requisito para acceder a determinadas bonificaciones, beneficios, ayudas o descuentos que empresas privadas dan a desempleados de larga duración como descuentos en la factura de los suministros (de la luz) o reducciones o becas para determinados estudios.