¿Qué derechos tengo si fallece la persona a la que cuido como empleado de hogar?
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Entre las funciones que pueden desempeñar los trabajadores en régimen especial de empleados de hogar está el cuidado de personas mayores o dependientes. Este servicio del hogar familiar está regulado por el RD 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar.
Situación en caso de fallecimiento de la persona cuidada
Si fallece la persona a la que se cuida y la razón por la que nos han contratado ha sido para cuidarla, el motivo del contrato desaparece, ya que carece de sentido cuidar a una persona que no está. En estos casos, lo lógico es que se termine el contrato. Sin embargo, esta extinción del contrato se da de manera diferente si quien nos contrató fue la misma persona a la que cuidamos o fue otra persona, como un familiar.
Si nos ha contratado la persona a la que cuidábamos
Si la persona que nos ha contratado y que nos paga es el mismo anciano o dependiente al que cuidamos, cuando fallece, el contrato de trabajo se extingue automáticamente. Esto está estipulado en el artículo 49.1.g del Estatuto de los Trabajadores, que establece la finalización del contrato de trabajo por muerte del empleador de hogar.
En este caso, el trabajador tiene derecho a una indemnización por fallecimiento de la persona que cuido, equivalente a un mes de salario, independientemente de su antigüedad. Además, deberán pagarle su liquidación normal, que incluye los salarios pendientes hasta el momento de la extinción, las pagas extras ya devengadas y las vacaciones no disfrutadas.
Si nos ha contratado otra persona
Si nos ha contratado y nos paga otra persona, por ejemplo, los hijos de la persona que cuidamos, al fallecimiento de una persona dependiente, el contrato queda sin sentido porque ya no hay nadie a quien cuidar, pero no se extingue automáticamente como en el caso anterior.
En este segundo caso, la persona que nos contrató puede desistir del contrato. Este desistimiento está permitido y regulado por el artículo 11.3 del RD 1620/2011: el empleador debe comunicar este desistimiento al trabajador por escrito, indicando claramente la extinción por desistimiento.
Si el trabajador ha prestado sus servicios durante más de un año, la extinción se debe realizar con un preaviso mínimo de veinte días; si es menos de un año, con preaviso de siete días (aunque estos preavisos se pueden sustituir por una indemnización de los días correspondientes en dinero).
En el momento de comunicar la extinción, el empleador deberá, además, pagarle una indemnización en metálico de doce días por año de servicio, con un límite de seis meses. También deberá pagar la liquidación correspondiente al trabajador, que incluye los salarios devengados, las vacaciones no disfrutadas y las pagas extra devengadas.
Conclusión
En caso de fallecimiento de la persona a la que cuidas como empleado de hogar, tus derechos varían dependiendo de quién te haya contratado. Si te contrató la persona fallecida, el contrato se extingue automáticamente y tienes derecho a una indemnización de un mes de salario. Si te contrató otra persona, el contrato no se extingue automáticamente, pero el empleador puede desistir del contrato con un preaviso y una indemnización correspondientes.
Es fundamental que los empleados de hogar conozcan sus derechos para asegurar que se les otorguen las compensaciones y pagos adecuados conforme a la legislación vigente, especialmente en situaciones tan delicadas como el fallecimiento de la persona cuidada.
- Miriam soledad Gómez2021-11-11 17:34:32Acompañante de abuela trabaje un ano Por fallecimiento cuanto me corresponde de liquidación
- Elsa Dora Ariste2021-11-14 11:28:00El nieto de mi madre cuida con su esposa a mi madre hacen 4 años usan la casa de la abuela la jubilación para la abuela luz agua cable que derecho tienen el día que fallece la abuela hay 9 Hijos q tiene la abuela los q la cuidan quedarían con todos los bienes de la abuela.o se les tiene que indemnizar al a tu pesar si del usufructo de vivir tranquilo s no en la casa de su si abuela
- Viviana2021-11-27 11:14:37Que indemnización se debe pagar a una cuidadora cuando al adulto mayor que cuida se lo interna en un Geriatrico
- Rosario Porras2021-12-11 22:19:13Q derechos le corresponde a un cuidador si internar a un geriátrico al adulto mayor q está cuidando?
- Remei2021-12-22 18:56:39Cuido a un abuelito que ahora está ingresado en el hospital, los días que no trabajo, me los pagan igual? Tengo contrato de media jornada.
- Youness2021-12-25 13:25:41La muerte del titular de un contrato de trabajo y documentos en extranjeria porfavor nesicito saber que hago gracias
- Liz2022-01-19 18:47:32Trabajé 5 años en negro como cuidadora y hace días murió el señor! Cuánto me corresponde!?
- Marisa2022-02-06 01:52:51Hola trabaje 5 años en negro y siete años y medio en blanco cuanto me corresponde?
- Eusebio2022-02-13 02:42:18Cuide de mi madre por dos años las 24 hs. por un accidente que tuvo, falleció y quedo unos pesos porque yo administraba su pensión salario mínimo y ahora hermanos que son 8 me reclaman, acaso no me corresponde por haberla cuidado?
- Maria tineo2022-02-18 05:06:16Cuide a un abuelo por 2 años y medios me contrato su hija. Nunca tuve vacaciones . Cuantos me correspondes. Siempre en negro estuve trabajando sin feriados ni vacaciones
- 2022-04-13 08:42:47Estoy viviendo con una persona mayor y lo cuido ,me tiene dicho que cuando se muera no le diga nada a sus hijos ,eso es legal no me he nada este señor. Si lo ago me pueden denunciar los hijos.
- Isabel Rodríguez2022-04-23 11:12:16Tengo contrato de empleada de hogar para cuidar de dos personas y fallece la señora el empleador que es el esposo esta vivo y quiere decistir del contrato, cuales son mis derechos
- Marlen2022-05-03 05:25:42Cuide a mi tío que estaba enfermo y falleció hace tres días no tenía hijos pero su esposa que ya falleció si tiene tres hijos pero ella era la copropietaria de la casa aunque nunca se casaron legalmente tengo derecho o no a algo de la casa que puedo hacer aunque el me hizo el cambio de dirección antes de morir
- Jhon fredy Jimenez2022-07-13 18:49:39Vivi durante 30 años aproximadamente con mi padrastro y mi mamá cuidando de ellos, mi madre murio hace 7 años y me quede con mi esposa viendo por mi padrastro, el tenia hijos pero solo una de llas de vez en cuando lo llamaba, nunca le aportaron nada, yo vi por el y cuide de sus vienes, el fallecio hace 8 dias y sus hijos estan reclamando todo, quiero saber si por el hecho de aver cuidado de el tengo algun derecho?
- Noemí Esther González2022-10-14 01:54:39Trabajé cuidando a una abuela cuatro años aparte hacía trabajos de la casa como limpiar lavar planchar cocinar, la abuela falleció cuánto me corresponde cobrar???
- Clara2022-10-26 06:53:30Hola trabaje 7 años y la persona falleció estuve en blanco me va a llegar el aviso que se terminó el trabajo,puedo cobrar el seguro de desempleo
- Alejandra franze2022-10-31 20:18:19trabajo desde hace un año en negro,cuidando a una sra de 95 años y haciendo la limpieza de la casa y las comidas . que pasa si fallece la sra. me contrató el hijo.
- Xomara2022-12-26 22:17:50Trabaje 2 años cuidando una persona mayor pero falleció Pero yo hace 6 meses que estoy cartificada Por Un accidente que tuve, cuánto tendría que cobrar
- mirian Suyapa Muñoz Escobar2023-04-25 01:12:49Trabaje 2 años 3 meses 10 días cuanto me tiene. Q pagar ganaba 1200€ más un año de vacaciones
- Miriam2023-05-31 14:59:15Hola mi madre a estado 3 años de interna sin pagas extras ni vacaciones , ahora la persona que cuida a fallecido y el sobrino no le quiere pagar las horas ni las vacaciones. Que puedo hacer? Gracias un saludo