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¿Qué es el SII (Suministro Inmediato de Información)?

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24 de octubre de 2017

Después de varios amagos en años anteriores con otras medidas de control tributario similares y después de aplazarlo para mediados de este ejercicio dicen que como consecuencia de la inestabilidad política del gobierno actual, el próximo día 1 de Julio y si nadie dice lo contrario, entrará por fin en funcionamiento el famoso y por qué no decirlo, temido, Suministro Inmediato de Información, coloquialmente conocido por SII.

¿Qué es el suministro inmediato de información, SII?

Nos encontramos ante una de las reformas de control tributario más profundas que se recuerdan, la cual afectará según las estimaciones proporcionadas por la propia AEAT , a más de 60.000 empresas, además de a las que voluntariamente quieran acogerse a este nuevo sistema de recogida y presentación de autoliquidaciones tributarias de IVA por considerarlo conveniente para sus propios intereses.

EL SII no sólo supone un cambio estructural profundo en la manera de facilitar nuestros datos de trascendencia tributaria a la AEAT de forma casi inmediata, sino también el hecho de proporcionar un completo caudal de datos de dichas empresas y de aquellas que mantienen relaciones económicas con estas, el cual, podrá utilizarse para la realización de nuevos controles y cruces de datos que hasta la fecha, eran bastante más complejos de realizar.

La implantación del nuevo sistema lleva aparejada la simplificación de presentación de declaraciones fiscales para las empresas afectadas e incluso una ampliación de plazo para la recepción y el pago de sus autoliquidaciones, algo que consideramos de mínima importancia en comparación con el caudal de datos de los que dispondrá la AEAT desde la puesta en marcha del sistema.

Corría el año 2012, cuando se atisbó el primer intento de implantar para la mayoría de los contribuyentes a efectos IVA , el modelo 340, libro registro de facturas emitidas y recibidas que tienen la obligación de presentar aquellas empresas con presentación de liquidaciones mensuales, bien por ser grandes empresas, bien por estar incluidas en el REDEME, registro de devolución mensual de IVA . Fue tal el pánico generado, que se pospuso dicha medida hasta dejarla sin efecto un año tras otro, no sólo por su impopularidad, sino también por que obligaba a las empresas a llevar una contabilidad mucho más afinada y conciliar sus liquidaciones, ya fueran mensuales como trimestrales, para que no surgieran discrepancias entre los modelos 303 y su correspondiente 340, sin olvidarnos del sobrecoste administrativo que ello ocasionaría a cientos de miles de contribuyentes, empresas o personas físicas, que tendría que mejorar sus sistemas y adaptarlos a esta realidad.

Aquel proyecto que fue un claro atisbo de aumento del control tributario para todos, encuentra razón de ser en la puesta en marcha actual del SII que, aunque destinado en este caso a grandes contribuyentes (los que si poseen mecanismos administrativos de control adecuados y suficientes) y a determinadas empresas que por su propio interés (normalmente con grandes saldos a recuperar de IVA ), invertirán en sus sistemas de control para acogerse al nuevo sistema.

La AEAT dispondrá a partir del próximo día 1 de Julio de este año, de un caudal de datos de trascendencia tributaria que hasta la fecha no había logrado, y si lo hacía, era mediante otro tipo de información recogida de forma indirecta. Todo ese inmenso caudal además podrá ser puesto en correspondencia biunívoca por los contribuyentes afectados, de manera que el control de datos sea lo más exacto posible y se produzcan las conciliaciones de datos de forma casi automática. Si la empresa A declara que ha vendido a B una determinada cantidad, no sólo lo sabrá la AEAT por las declaraciones de ambas empresas, sino que cualquiera de las dos empresas implicadas, podrá conocer al instante lo que han declarado de sus operaciones, aquellos terceros que también registren sus operaciones mediante el SII.

En ese mismo sentido, la AEAT controlará casi en tiempo real, toda la facturación emitida y recibida por ese gran conjunto de contribuyentes que suponen según estiman, más del 80% de las operaciones económicas que se realizan en nuestro país.

El Gran Hermano en términos fiscales estará un poco más cercano que hasta la fecha, y esperamos que eso contribuya de manera decisiva y positiva en la reducción del fraude fiscal y por ende, de la economía sumergida.

Este cambio de mentalidad y de sistemas como era de esperar no saldrá barato según advierte diferentes colectivos profesionales, que consideran que la adaptación para pymes y despachos debido a la entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información, además de traer un coste añadido, modificará profundamente los canales de comunicación entre los contribuyentes y la Agencia Tributaria.

La puesta en marcha de este sistema cambiará de manera sustancial el papel de asesores, colaboradores sociales y otros actores en el ámbito de prestación de los servicios tributarios.

Aunque el SII contribuirá a modernizar el uso de medios electrónicos en la gestión tributaria y fiscal, se trata fundamentalmente, de un elemento obligatorio de control tributario para favorecer la inspección, aunque las ventajas para la Administración no serán las mismas que para los contribuyentes afectados.

No podemos olvidar el coste de adaptación y de cumplimentación en tiempo y en dinero que deberán asumir los obligados tributarios, que probablemente tendrán que externalizar la gestión del SII, bien por su volumen de facturación (en número de facturas emitidas/recibidas) o bien por el corto espacio de tiempo disponible para su remisión a la Sede de la AEAT (8 días en 2017 para pasar a los 4 reglamentados a partir del 1-1-2018).

Lo que si queda manifiestamente claro es que la entrada en funcionamiento del SII supondrá una auténtica revolución para miles de empresas, además de una cambio muy importante en la vía de comunicación entre las asesor ías y sus clientes, para poder remitir dentro de los plazos legalmente establecidos, los datos a entregar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Esperamos que sus efectos sean positivos para nuestra economía y que los errores lógicos por su puesta en marcha y adaptación administrativa de los miles de contribuyentes afectados, sean tratados con la benevolencia lógica de un cambio normativo de este calibre. Les mantendremos informados.